La contabilidad electrónica es uno de los pilares del sistema de fiscalización digital del SAT. En 2026 las obligaciones siguen vigentes y el SAT ha reforzado sus herramientas de verificación automática. Si tienes empresa o eres persona física con actividad empresarial, probablemente estás obligado. En Fiscal Express Mexicali la llevamos correctamente y la enviamos a tiempo. Escríbenos por WhatsApp.
¿Qué es la contabilidad electrónica?
Es la obligación de llevar registros contables en medios electrónicos e ingresarlos mensualmente al buzón tributario del SAT cuando la autoridad lo requiera. Está regulada por los artículos 28 y 30-A del CFF. Los archivos deben generarse en formato XML conforme a los estándares del SAT e incluir: catálogo de cuentas alineado con el SAT, balanza de comprobación y, cuando se solicite, las pólizas del periodo.
¿Quién está obligado en 2026?
- Personas morales: obligadas a llevar y enviar contabilidad electrónica
- Personas físicas con actividad empresarial (régimen general): obligadas
- RESICO personas físicas: obligaciones simplificadas, no envían XML formal pero deben registrar ingresos y gastos en la plataforma SAT
- Asalariados y honorarios puros: no están obligados a contabilidad electrónica formal, aunque sí deben conservar comprobantes
Escríbenos por WhatsApp si no sabes si estás obligado — lo determinamos según tu régimen.
¿Qué archivos se envían?
- Catálogo de cuentas: solo cuando se genera por primera vez o hay modificaciones
- Balanza de comprobación: mensualmente — personas morales hasta día 25 del segundo mes posterior, personas físicas hasta día 27
- Pólizas del periodo: solo cuando el SAT las solicita expresamente (auditoría, revisión electrónica o solicitud de devolución)
Errores comunes que debes evitar
- No alinear el catálogo de cuentas con el del SAT — genera errores al cargar el XML
- Enviar balanzas con diferencias respecto a las declaraciones — el SAT cruza automáticamente y genera alertas
- No registrar todos los CFDI en las pólizas — puede objetar deducciones
- Enviar fuera de plazo — queda en historial y pesa en revisiones
- Usar software que no genera XML en formato SAT
Preguntas frecuentes
¿Cada cuándo se envía la contabilidad al SAT?
La balanza se envía mensualmente. Personas morales: día 25 del segundo mes siguiente. Personas físicas: día 27. El catálogo solo la primera vez o con cambios. Las pólizas solo cuando el SAT las requiere.
¿Qué pasa si no envío la contabilidad electrónica?
Multas del artículo 83 y 84 del CFF de $1,810 a $54,970 pesos, posible presunción de ingresos y crédito fiscal. Además afecta negativamente el semáforo fiscal del contribuyente.
¿El RESICO está exento?
Personas físicas en RESICO sí tienen obligaciones simplificadas sin XML tradicional. Las personas morales en RESICO sí tienen obligaciones más amplias.
¿Mi software necesita certificación del SAT?
El SAT no certifica software, pero los XML deben cumplir estrictamente con los esquemas XSD publicados en el portal. Verifica siempre con el validador del SAT antes de enviar.
Conclusión
La contabilidad electrónica bien llevada te protege en auditorías y da visibilidad real de tu empresa. En Fiscal Express la llevamos, generamos los XML correctamente y los enviamos a tiempo. Escríbenos hoy por WhatsApp para cotizar el servicio.
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